Pronunciamiento cero tolerancia Hostigamiento Sexual y Acoso Sexual 2025
Con fundamento en lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW por sus siglas en inglés); la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Belém do Pará), instrumentos internacionales firmados por México, para garantizar el derecho a las mujeres a la igualdad, a la no discriminación y a una vida libre de violencia, la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres; la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; la Ley General de Responsabilidades Administrativas; la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; el Protocolo para la prevención, atención y sanción del hostigamiento sexual y acoso sexual (entró en vigor el 17/02/2020); el Decreto de Creación con carácter de Organismo Público Descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propios del Cinvestav, el Código de Etica de la Administración Pública Federal (DOF 08/02/2022); el Código de Conducta del Cinvestav (DOF 25/03/2024), у en observancia a lo dispuesto en la Norma Mexicana NMX-R-025-SCFI-2015 en Igualdad Laboral y no Discriminación.